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viernes, 25 de febrero de 2011

El Gobierno establece requisitos a productos energéticos para que incorporen criterios ecológicos en su diseño.



El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece una serie de requisitos para que el diseño de los productos relacionados con la energía incorporen criterios ecológicos, con el fin de contribuir al desarrollo sostenible, la protección del medioambiente a través de un incremento de la eficiencia energética, la disminución de la contaminación y el incremento de la seguridad del abastecimiento energético.
La norma afecta a todos aquellos productos que, mediante un mejor diseño ecológico, puedan provocar un importante ahorro energético durante su utilización como son ventanas, materiales aislantes utilizados en la construcción o grifos.  

 En todo caso, el Real Decreto señala que los criterios ecológicos que tendrán que incorporarse al diseño no afectarán "de forma significativa" a la funcionalidad del producto, ni a su coste, ni a la competitividad de la industria. Además, asegura que el establecimiento de un requisito específico de diseño ecológico no se traducirá en la imposición de una tecnología específica a los fabricantes.   

El Real Decreto aprobado incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2009/125/CE, de 21 de octubre de 2009, sobre criterios ecológicos de diseño y sustituye a la normativa española anterior, ampliando su ámbito de actuación a todos los productos relacionados con la energía, ya que hasta el momento en la legislación española existía una regulación similar aplicada sólo a los productos que utilizaban energía.   

Concretamente, la norma afecta a los bienes que tienen un impacto sobre el consumo de energía durante su utilización, es decir, productos relacionados con la energía que tienen un importante potencial para reducir las consecuencias medioambientales como ventanas y materiales aislantes utilizados en la construcción o algunos productos que utilizan el agua, como los grifos, por ejemplo.

El Gobierno señala que se trata de productos que mediante un mejor diseño ecológico puedan contribuir a un ahorro energético importante durante su utilización.   

De este modo, el fabricante tendrá que evaluar el perfil ecológico del producto, mediante las necesarias pruebas y deberán certificar su elección de diseño ecológico, la cual tendrá en cuenta aspectos medioambientales y otras consideraciones, como la calidad y el rendimiento, así como los aspectos económicos, incluidos los costes de fabricación y de comercialización.   

Por otro lado, el Real Decreto prevé que el fabricante tendrá que elaborar un registro de documentación técnica que incluya, entre otras cuestiones, una descripción general del producto y del uso al que está destinado o los resultados de los estudios de evaluación medioambiental pertinentes llevados a cabo por el fabricante.   

La aplicación de la norma corresponderá a las autoridades de las comunidades autónomas y también afecta a las importaciones. Si el fabricante no está establecido en la Unión Europea y no cuenta con un representante autorizado, el importador tendrá la obligación de garantizar que el producto introducido en el mercado o puesto en servicio cumple lo dispuesto en el Real Decreto.

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